Reglamento eIDAS 2.0, cartera de identidad digital europea (EUDI Wallet), firma electronica y servicios de confianza.
El Reglamento (UE) 2024/1183, conocido como eIDAS 2.0, modifica el Reglamento original de 2014 (Reglamento 910/2014) e introduce cambios fundamentales en la identidad digital y los servicios de confianza en la Union Europea.
Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet): Los Estados miembros deben ofrecer a todos los ciudadanos y residentes una cartera digital gratuita que permita identificarse electronicamente, almacenar y presentar atributos verificables (titulo universitario, permiso de conducir, datos sanitarios).
Reconocimiento mutuo obligatorio: Los Estados miembros deben reconocer las carteras digitales emitidas por otros Estados. Las plataformas online con mas de 45 millones de usuarios activos en la UE estan obligadas a aceptar la cartera como medio de identificacion.
Nuevos servicios de confianza cualificados: Gestion de dispositivos de creacion de firma electronica a distancia, libros de contabilidad electronicos (registros distribuidos), y servicios de archivo electronico cualificado.
El Reglamento distingue tres niveles de firma electronica, cada uno con distinta fuerza probatoria:
Cualquier dato electronico vinculado a otros datos usado por el firmante para firmar. Ejemplo: una casilla "Acepto" en un formulario web, un escaneo de firma manuscrita adjunto a un email.
Debe cumplir cuatro requisitos (art. 26 eIDAS):
Vinculada unicamente al firmante.
Permite identificar al firmante.
Creada con datos bajo el control exclusivo del firmante.
Vinculada a los datos firmados, de modo que cualquier modificacion sea detectable.
Validez legal: Mayor fuerza probatoria. Presuncion de autenticidad invertible.
Casos de uso: Contratos mercantiles, facturas, comunicaciones con la administracion.
Una FEA creada con un dispositivo cualificado y basada en un certificado cualificado emitido por un prestador de servicios de confianza cualificado.
Un sello de tiempo cualificado vincula un documento a un momento concreto con presuncion de exactitud (art. 41 eIDAS). Su funcion principal es demostrar que un documento existia en una fecha determinada.
Aplicaciones practicas: proteccion de propiedad intelectual (demostrar la fecha de creacion), cumplimiento de plazos procesales, integridad documental en procedimientos de contratacion publica.
El Ministerio de Asuntos Economicos y Transformacion Digital mantiene la lista de prestadores cualificados de servicios de confianza. Principales prestadores:
Los prestadores cualificados estan sujetos a auditorias bienales y deben cumplir con los estandares ETSI (European Telecommunications Standards Institute).
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Por ahora puedes leer el contenido escrito más abajo
¿Que tipo de firma electronica tiene equivalencia legal con la firma manuscrita segun eIDAS?
¿Que es la EUDI Wallet introducida por eIDAS 2.0?
¿Cuantos requisitos debe cumplir una firma electronica avanzada segun el art. 26 de eIDAS?
¿Para que sirve un sello de tiempo cualificado?
¿Que plataformas online estan obligadas a aceptar la EUDI Wallet como medio de identificacion?
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