Reglamento eIDAS 2.0, cartera de identidad digital europea (EUDI Wallet), firma electronica y servicios de confianza.
El Reglamento (UE) 2024/1183, conocido como eIDAS 2.0, modifica el Reglamento original de 2014 (Reglamento 910/2014) e introduce cambios fundamentales en la identidad digital y los servicios de confianza en la Union Europea.
Cartera de Identidad Digital Europea (EUDI Wallet): Los Estados miembros deben ofrecer a todos los ciudadanos y residentes una cartera digital gratuita que permita identificarse electronicamente, almacenar y presentar atributos verificables (titulo universitario, permiso de conducir, datos sanitarios).
Reconocimiento mutuo obligatorio: Los Estados miembros deben reconocer las carteras digitales emitidas por otros Estados. Las plataformas online con mas de 45 millones de usuarios activos en la UE estan obligadas a aceptar la cartera como medio de identificacion.
Nuevos servicios de confianza cualificados: Gestion de dispositivos de creacion de firma electronica a distancia, libros de contabilidad electronicos (registros distribuidos), y servicios de archivo electronico cualificado.
El Reglamento distingue tres niveles de firma electronica, cada uno con distinta fuerza probatoria:
Cualquier dato electronico vinculado a otros datos usado por el firmante para firmar. Ejemplo: una casilla "Acepto" en un formulario web, un escaneo de firma manuscrita adjunto a un email.
Debe cumplir cuatro requisitos (art. 26 eIDAS):
Vinculada unicamente al firmante.
Permite identificar al firmante.
Creada con datos bajo el control exclusivo del firmante.
Vinculada a los datos firmados, de modo que cualquier modificacion sea detectable.
Validez legal: Mayor fuerza probatoria. Presuncion de autenticidad invertible.
Casos de uso: Contratos mercantiles, facturas, comunicaciones con la administracion.
Una FEA creada con un dispositivo cualificado y basada en un certificado cualificado emitido por un prestador de servicios de confianza cualificado.
Un sello de tiempo cualificado vincula un documento a un momento concreto con presuncion de exactitud (art. 41 eIDAS). Su funcion principal es demostrar que un documento existia en una fecha determinada.
Aplicaciones practicas: proteccion de propiedad intelectual (demostrar la fecha de creacion), cumplimiento de plazos procesales, integridad documental en procedimientos de contratacion publica.
El Ministerio de Asuntos Economicos y Transformacion Digital mantiene la lista de prestadores cualificados de servicios de confianza. Principales prestadores:
Los prestadores cualificados estan sujetos a auditorias bienales y deben cumplir con los estandares ETSI (European Telecommunications Standards Institute).
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