CSRD, taxonomía UE, doble materialidad, ESRS, due diligence en cadena de suministro (CS3D), greenwashing y el papel del abogado en ESG.
La Directiva (UE) 2022/2464 sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) reemplaza a la anterior NFRD y amplía drásticamente las obligaciones de reporting no financiero. Su transposición al derecho español se realizará progresivamente entre 2024 y 2028.
El informe de sostenibilidad debe integrarse en el informe de gestión (no en un documento separado) y cubrir:
El Reglamento (UE) 2020/852 establece un sistema de clasificación unificado que determina qué actividades económicas pueden considerarse "medioambientalmente sostenibles". La taxonomía define seis objetivos medioambientales:
Para que una actividad se considere alineada con la taxonomía, debe contribuir sustancialmente a al menos uno de los seis objetivos, no causar un perjuicio significativo a los restantes (DNSH, "do no significant harm") y cumplir unas garantías mínimas de salvaguarda social.
La relevancia para el abogado: las entidades financieras y las grandes empresas deben reportar el porcentaje de sus actividades alineadas con la taxonomía. Un asesoramiento incorrecto sobre la clasificación puede generar responsabilidad por greenwashing.
La CSRD introduce el concepto de doble materialidad, central para el reporting ESG:
Una cuestión es material si es relevante desde cualquiera de las dos perspectivas. El abogado debe verificar que el análisis de materialidad cubre ambas dimensiones, ya que es la base sobre la que se construye todo el informe de sostenibilidad.
Los ESRS son las normas técnicas que desarrollan la CSRD. Aprobados por la Comisión Europea (Reglamento Delegado 2023/2772), incluyen:
Los informes deben ser auditables con un nivel de aseguramiento limitado (inicialmente) que evolucionará hacia aseguramiento razonable.
La Directiva (UE) 2024/1760 sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad (conocida como CS3D o CSDDD) obliga a las grandes empresas a identificar, prevenir, mitigar y remediar los impactos negativos sobre derechos humanos y medio ambiente en su cadena de valor.
Puntos clave:
El greenwashing (lavado verde) es la práctica de presentar productos, servicios o la propia empresa como más sostenibles de lo que realmente son. La Directiva (UE) 2024/825 (modificación de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales) prohíbe expresamente:
El riesgo para el abogado: asesorar a un cliente sobre comunicaciones ESG sin verificar la fundamentación puede generar responsabilidad profesional si la comunicación resulta engañosa.
El abogado especializado en ESG y compliance opera en la intersección de múltiples disciplinas:
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