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ESG y reporting de sostenibilidad

CSRD, taxonomía UE, doble materialidad, ESRS, due diligence en cadena de suministro (CS3D), greenwashing y el papel del abogado en ESG.

CSRD: Corporate Sustainability Reporting Directive

La Directiva (UE) 2022/2464 sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) reemplaza a la anterior NFRD y amplía drásticamente las obligaciones de reporting no financiero. Su transposición al derecho español se realizará progresivamente entre 2024 y 2028.

Ámbito de aplicación (escalonado)

  • Desde 2024 (informes sobre ejercicio 2024): grandes empresas de interés público con más de 500 empleados (ya sujetas a la NFRD).
  • Desde 2025: el resto de grandes empresas (dos de tres criterios: balance > 25 M euros, cifra de negocios > 50 M euros, > 250 empleados).
  • Desde 2026: pymes cotizadas (con posibilidad de opt-out hasta 2028).
  • Desde 2028: filiales y sucursales de empresas de terceros países con cifra de negocios neta en la UE superior a 150 M euros.

Contenido obligatorio

El informe de sostenibilidad debe integrarse en el informe de gestión (no en un documento separado) y cubrir:

  • Información medioambiental (cambio climático, contaminación, agua, biodiversidad, economía circular).
  • Información social (condiciones laborales, igualdad, derechos humanos en la cadena de valor).
  • Información de gobernanza (ética empresarial, anticorrupción, gestión de riesgos).

Taxonomía UE

El Reglamento (UE) 2020/852 establece un sistema de clasificación unificado que determina qué actividades económicas pueden considerarse "medioambientalmente sostenibles". La taxonomía define seis objetivos medioambientales:

  1. Mitigación del cambio climático.
  2. Adaptación al cambio climático.
  3. Uso sostenible del agua y los recursos marinos.
  4. Transición a una economía circular.
  5. Prevención y control de la contaminación.
  6. Protección de la biodiversidad y los ecosistemas.

Para que una actividad se considere alineada con la taxonomía, debe contribuir sustancialmente a al menos uno de los seis objetivos, no causar un perjuicio significativo a los restantes (DNSH, "do no significant harm") y cumplir unas garantías mínimas de salvaguarda social.

La relevancia para el abogado: las entidades financieras y las grandes empresas deben reportar el porcentaje de sus actividades alineadas con la taxonomía. Un asesoramiento incorrecto sobre la clasificación puede generar responsabilidad por greenwashing.

Doble materialidad

La CSRD introduce el concepto de doble materialidad, central para el reporting ESG:

  • Materialidad de impacto (inside-out): cómo las actividades de la empresa afectan al medio ambiente y a la sociedad.
  • Materialidad financiera (outside-in): cómo los factores de sostenibilidad afectan a la situación financiera de la empresa.

Una cuestión es material si es relevante desde cualquiera de las dos perspectivas. El abogado debe verificar que el análisis de materialidad cubre ambas dimensiones, ya que es la base sobre la que se construye todo el informe de sostenibilidad.

ESRS: European Sustainability Reporting Standards

Los ESRS son las normas técnicas que desarrollan la CSRD. Aprobados por la Comisión Europea (Reglamento Delegado 2023/2772), incluyen:

  • ESRS 1: requisitos generales (principios, perímetro, formato digital XBRL).
  • ESRS 2: información general (gobernanza, estrategia, gestión de impactos).
  • ESRS E1 a E5: normas medioambientales (clima, contaminación, agua, biodiversidad, economía circular).
  • ESRS S1 a S4: normas sociales (plantilla propia, trabajadores de la cadena de valor, comunidades afectadas, consumidores).
  • ESRS G1: gobernanza (conducta empresarial).

Los informes deben ser auditables con un nivel de aseguramiento limitado (inicialmente) que evolucionará hacia aseguramiento razonable.

Due diligence en cadena de suministro (CS3D)

La Directiva (UE) 2024/1760 sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad (conocida como CS3D o CSDDD) obliga a las grandes empresas a identificar, prevenir, mitigar y remediar los impactos negativos sobre derechos humanos y medio ambiente en su cadena de valor.

Puntos clave:

  • Ámbito: empresas con más de 1.000 empleados y cifra de negocios neta mundial superior a 450 M euros (con aplicación escalonada).
  • Plan de transición climática: las empresas sujetas deben adoptar un plan alineado con el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 grados.
  • Responsabilidad civil: los afectados podrán reclamar ante tribunales europeos por los daños causados por la falta de diligencia debida.
  • Sanciones: multas de hasta el 5 % de la cifra de negocios neta mundial.

Greenwashing y publicidad

El greenwashing (lavado verde) es la práctica de presentar productos, servicios o la propia empresa como más sostenibles de lo que realmente son. La Directiva (UE) 2024/825 (modificación de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales) prohíbe expresamente:

  • Alegaciones medioambientales genéricas sin fundamentación ("eco-friendly", "verde", "sostenible" sin datos).
  • Exhibir sellos de sostenibilidad no verificados por terceros independientes.
  • Presentar como "ventaja" el mero cumplimiento legal.

El riesgo para el abogado: asesorar a un cliente sobre comunicaciones ESG sin verificar la fundamentación puede generar responsabilidad profesional si la comunicación resulta engañosa.

Papel del abogado en ESG

El abogado especializado en ESG y compliance opera en la intersección de múltiples disciplinas:

  • Auditoría legal del informe de sostenibilidad: verificar que el informe CSRD cumple con los ESRS, la taxonomía y la doble materialidad.
  • Due diligence ESG en operaciones M&A: evaluar los riesgos de sostenibilidad del target (litigios climáticos, incumplimientos CS3D, exposición a greenwashing).
  • Litigación climática: representación en reclamaciones por daños medioambientales, incumplimiento de planes de transición o publicidad engañosa.
  • Asesoramiento regulatorio: guiar a las empresas en la implementación de los requisitos CSRD, taxonomía, CS3D y normativa de greenwashing.
  • Contratos y cadena de valor: redacción de cláusulas ESG en contratos con proveedores, partners y distribuidores.

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Por ahora puedes leer el contenido escrito más abajo

Evaluación del módulo

1

Una empresa con 300 empleados, un balance de 30 M euros y una cifra de negocios de 60 M euros te consulta si está obligada a publicar un informe de sostenibilidad bajo la CSRD. ¿Cuál es tu respuesta?

2

Al realizar el análisis de doble materialidad para un cliente, el equipo financiero argumenta que solo deben reportar los riesgos climáticos que afecten al balance de la empresa. ¿Es correcto?

3

Un cliente lanza una campaña publicitaria describiendo su línea de productos como "100 % sostenible" sin aportar datos verificables. ¿Qué riesgo legal enfrenta?

4

Una empresa sujeta a la CS3D descubre que un proveedor de segundo nivel en su cadena de suministro emplea trabajo infantil. ¿Tiene obligación de actuar?

5

Un inversor institucional te pregunta qué porcentaje de las actividades de una empresa están "alineadas con la taxonomía UE". ¿Qué tres condiciones debe cumplir una actividad para considerarse alineada?

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