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25 minSofía + Adrián

Preparación de la vista oral

Estructura de la vista, interrogatorio de partes y testigos, prueba pericial, documental, objeciones y protocolo de sala.

Estructura de la vista oral civil

La vista oral es el momento decisivo del proceso. Una preparación deficiente puede arruinar un caso con fundamento sólido. A continuación se detalla la estructura habitual en el juicio ordinario civil (art. 431-436 LEC).

Fase de apertura

  1. El Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) verifica la presencia de las partes y sus representantes.
  2. El juez abre la sesión y concede la palabra al demandante para que ratifique su demanda o haga aclaraciones.
  3. A continuación, el demandado ratifica su contestación.
  4. Si hay reconvención, se sigue el mismo orden.

Fase de prueba

El juez admite las pruebas propuestas en los escritos de demanda y contestación. El orden de práctica habitual es:

  1. Interrogatorio de partes: primero se interroga al demandado (a instancia del demandante) y después al demandante (a instancia del demandado).
  2. Interrogatorio de testigos: cada parte presenta a sus testigos. El proponente pregunta primero (interrogatorio directo) y la parte contraria repregunta después (contrainterrogatorio).
  3. Prueba pericial: los peritos exponen sus conclusiones. Si hay peritos de ambas partes, puede producirse un careo pericial.
  4. Prueba documental: se da por reproducida si ya está aportada a autos. Se pueden pedir aclaraciones sobre documentos concretos.

Fase de conclusiones

Las partes resumen su posición a la vista de la prueba practicada. Primero el demandante, luego el demandado. Es el momento de destacar las pruebas favorables y señalar las contradicciones del adversario.

El interrogatorio de partes

Reglas clave

  • Las preguntas deben ser claras, precisas y en sentido afirmativo (art. 302 LEC).
  • No se admiten preguntas capciosas, sugestivas ni impertinentes.
  • Si la parte no comparece, el juez puede tener por admitidos los hechos en que hubiese intervenido personalmente (ficta confessio, art. 304 LEC).
  • La parte puede negarse a contestar preguntas que vulneren su derecho a la intimidad o impliquen autoincriminación penal.

Estrategia de interrogatorio

  • Empieza por hechos incontrovertidos para establecer un ritmo de "sí".
  • Reserva las preguntas comprometedoras para el final, cuando la parte ya ha adquirido un patrón de respuesta.
  • Ten siempre preparada la documental que contradiga una posible negativa.

El interrogatorio de testigos

Reglas clave

  • Los testigos declaran individualmente y sin que los demás puedan presenciar las declaraciones anteriores (art. 366 LEC).
  • Antes de declarar, se les advierte de la obligación de decir verdad y de las penas por falso testimonio (art. 365 LEC).
  • El testigo puede ser tachado por parentesco, amistad, enemistad o interés en el pleito (art. 377 LEC).

Técnicas de contrainterrogatorio

  • Usa preguntas cerradas (sí/no) para controlar al testigo.
  • No preguntes algo cuya respuesta desconoces.
  • Si el testigo se contradice con una declaración anterior, haz que se lea en voz alta la contradicción.

Prueba pericial

  • Los dictámenes periciales se aportan con la demanda o contestación, o se solicita la designación judicial de perito.
  • En la vista, el perito puede ser interrogado por ambas partes (art. 347 LEC).
  • El juez valora la prueba pericial según las reglas de la sana crítica (no está vinculado por las conclusiones del perito).
  • Ante informes contradictorios, el juez puede solicitar un tercer dictamen de un perito designado por sorteo.

Objeciones durante la vista

Las objeciones más habituales son:

  • Pregunta sugestiva: contiene la respuesta que se espera ("¿No es cierto que usted firmó el contrato?").
  • Pregunta impertinente: no guarda relación con el objeto del proceso.
  • Pregunta capciosa: formulada con engaño para confundir al declarante.
  • Prueba inadmitida: se intenta introducir un medio de prueba no admitido previamente.

El abogado debe formular la objeción con claridad y citar el precepto infringido. Si el juez desestima la objeción, debe formularse protesta para poder alegarla en segunda instancia.

Protocolo de sala

  • Dirigirse al juez como "Señoría" (Juzgados) o "Señoría Ilma." (Audiencias).
  • Ponerse en pie para intervenir y al entrar y salir el juez.
  • Uso obligatorio de toga.
  • Los teléfonos móviles deben estar en silencio.
  • No interrumpir las intervenciones de la parte contraria.
  • Solicitar la venia antes de intervenir.

Vídeo próximamente

Por ahora puedes leer el contenido escrito más abajo

Evaluación del módulo

1

Durante el interrogatorio de partes, el demandado no comparece sin causa justificada. ¿Cuál es la consecuencia procesal?

2

Estás contrainterrogando a un testigo que contradice lo que declaró en fase de instrucción. ¿Cuál es la mejor táctica?

3

El juez desestima tu objeción a una pregunta sugestiva durante la vista. ¿Qué debes hacer para preservar tu derecho en segunda instancia?

4

Hay dos informes periciales contradictorios en el proceso. ¿Qué puede hacer el juez?

5

En la fase de conclusiones de un juicio ordinario civil, ¿quién expone primero?

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