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Canal de denuncias Ley 2/2023: guía práctica de implementación paso a paso
Compliance8 minEquipo Lexiel

Canal de denuncias Ley 2/2023: guía práctica de implementación paso a paso

La Ley 2/2023 obliga a organizaciones con 50+ trabajadores a tener un canal de denuncias. Analizamos los 7 pasos para implementarlo: designar al responsable, crear la política, elegir el canal técnico, garantizar confidencialidad y proteger al denunciante. Multas de hasta 1.000.000 €.

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¿A quién aplica la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, transpone la Directiva (UE) 2019/1937 y exige canal de denuncias interno para:

  • Empresas con 50+ trabajadores (desde 1 dic 2023).
  • Empresas en sectores regulados (servicios financieros, transporte marítimo, aviación civil) independientemente del tamaño.
  • Partidos políticos, sindicatos y fundaciones vinculadas que reciban fondos públicos.
  • Municipios de más de 10.000 habitantes.

Canal compartido (art. 10.2): empresas con 50-249 trabajadores pueden compartir canal dentro del grupo, garantizando independencia y confidencialidad.

Los 7 pasos

Paso 1: Designar al Responsable del Sistema (art. 8)

Independiente del posible denunciado, con competencias de compliance, RRHH o asesoría jurídica. Puede ser interno o externalizado (abogados externos, consultoras de compliance, añade imparcialidad).

Paso 2: Política de denuncias

Debe incluir: qué conductas pueden denunciarse (art. 2: infracciones del Derecho UE y español), quién puede denunciar (empleados, ex-empleados, becarios, proveedores, contratistas), garantías de confidencialidad y plazos.

Paso 3: Canal técnico

La ley permite canales orales, escritos o mixtos. Recomendado: plataforma online con buzón cifrado y acceso anónimo (mayor trazabilidad). Alternativas: línea telefónica, reunión presencial, correo postal. Debe ofrecerse el anonimato como opción.

Paso 4: Plazos de respuesta

FasePlazo
Acuse de recibo7 días hábiles
Comunicación de acciones3 meses
Prórroga (casos complejos)3 meses adicionales

Paso 5: Confidencialidad (art. 24)

Prohibición de revelar la identidad del denunciante salvo: consentimiento expreso, necesidad para el derecho de defensa del investigado, o resolución judicial motivada. Los datos están protegidos por el RGPD.

Paso 6: Protección anti-represalia (art. 36)

Prohibidas: despido, demotion, evaluaciones negativas injustificadas, denegación de ascensos, exclusión de licitaciones públicas. Inversión de la carga de la prueba: el empleador debe probar que las medidas adoptadas NO son represalia.

Paso 7: Registro ante la A.A.I.

El canal interno de la empresa no necesita registro ante la A.A.I. La Autoridad Independiente de Protección del Informante gestiona el canal externo para denuncias ante Administraciones Públicas.

Sanciones

Tipo de infracciónSanción máxima
No implantar el canal1.000.000 € (persona jurídica)
Represalias al denunciante300.000 €
Revelación de identidad300.000 €
Denuncia de mala fe10.000 €

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