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Conciliación Previa Laboral y SMAC 2026: Qué Es, Cómo Funciona y Cuándo es Obligatorio
Procedimientos9 minLexiel

Conciliación Previa Laboral y SMAC 2026: Qué Es, Cómo Funciona y Cuándo es Obligatorio

Guía completa sobre el acto de conciliación previa ante el SMAC (o SIMA para convenios): cuándo es requisito obligatorio, cómo solicitarlo, qué pasa si el empresario no acude, plazos, efectos del acuerdo y cuándo está exento.

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¿Qué es la conciliación previa laboral?

La conciliación previa es el intento de resolución extrajudicial de un conflicto laboral que, en la mayoría de los casos, es requisito previo obligatorio para poder presentar una demanda ante el Tribunal de Instancia de lo Social (Art. 63 LRJS; Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se celebra ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), dependiente de la Consejería de Trabajo de cada comunidad autónoma. En algunos convenios colectivos, el organismo equivalente es el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) para conflictos colectivos.

El fundamento es el principio de economía procesal: muchos conflictos laborales se resuelven sin llegar al tribunal si ambas partes tienen la oportunidad de negociar ante un mediador neutral.

¿Cuándo es obligatoria la conciliación previa?

La conciliación previa es obligatoria antes de cualquier demanda ante el Tribunal de Instancia de lo Social, con las excepciones del Art. 64 LRJS. La regla general: si hay que ir al tribunal laboral, primero hay que intentar la conciliación.

Excepciones: NO es necesaria en:

  • Despidos con solicitud de medidas cautelares urgentes (riesgo de insolvencia del empresario).
  • Reclamaciones frente a la Seguridad Social (INSS, TGSS, Mutuas) sobre prestaciones, van directamente al tribunal sin conciliación.
  • Procedimientos de oficio iniciados por la Inspección de Trabajo.
  • Impugnación de despidos colectivos (Art. 124 LRJS) y de convenios colectivos.
  • Conflictos colectivos (van al SIMA, con procedimiento distinto).
  • Reclamaciones contra el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), articuladas en vía administrativa previa.
  • Tutela de derechos fundamentales y libertades públicas (urgencia).
  • Vacaciones (la LRJS prevé un procedimiento urgente sin conciliación).

¿Cómo solicitar la conciliación ante el SMAC?

Paso 1: Papeleta de conciliación

Se presenta la papeleta de conciliación en el SMAC de la provincia donde el trabajador presta o prestaba sus servicios (no donde vive, sino donde trabaja). El formulario se descarga en la web de la consejería autonómica.

Contenido de la papeleta:

  • Datos del trabajador (demandante) y del empresario (demandado).
  • Relato de los hechos.
  • Pretensión concreta (cantidad reclamada, readmisión, etc.).

No requiere abogado ni procurador, aunque es aconsejable contar con asesoramiento.

Paso 2: Citación

El SMAC notifica al empresario y cita a ambas partes para el acto de conciliación. El plazo habitual es de 15-30 días desde la presentación de la papeleta, aunque varía según la CCAA y la carga de trabajo del servicio.

Paso 3: Acto de conciliación

Se celebra ante el funcionario conciliador. El empresario puede:

  • Comparecer y llegar a un acuerdo: el acuerdo tiene fuerza ejecutiva directa (como una sentencia; Art. 84.4 LRJS). No necesita homologación judicial.
  • Comparecer y no llegar a acuerdo: el conciliador levanta acta de "sin avenencia". El trabajador puede entonces presentar demanda judicial.
  • No comparecer sin causa justificada: el conciliador levanta acta. La inasistencia del empresario puede valorarse negativamente en juicio y, en casos de reclamaciones de cantidad, puede suponer la imposición de una multa (Art. 66 LRJS).

Efectos del acuerdo de conciliación

El acuerdo alcanzado en el SMAC tiene fuerza ejecutiva directa sin necesidad de sentencia judicial (Art. 84.4 LRJS). Si el empresario incumple lo pactado, el trabajador puede iniciar ejecución forzosa ante el Tribunal de Instancia de lo Social directamente.

Efecto de cosa juzgada: un acuerdo de conciliación impide reclamar de nuevo por los mismos hechos y conceptos. Es definitivo. Por eso es crucial valorar bien si el acuerdo ofrecido es conveniente antes de firmarlo.

¿Cuánto tiempo hay para presentar la papeleta?

La presentación de la papeleta interrumpe los plazos de prescripción o de caducidad. Esto es crucial porque los plazos laborales son muy cortos:

AcciónPlazoObservaciones
Despido (impugnación)20 días hábilesPlazo de caducidad, brevísimo, no prescripción
Reclamación de cantidad (salarios, etc.)1 añoPrescripción, desde que la deuda fue exigible
Sanción disciplinaria20 días hábilesCaducidad igual que despido
Modificación sustancial condiciones20 días hábilesArt. 59.4 ET

Regla práctica: para los plazos de caducidad de 20 días hábiles, la presentación de la papeleta suspende el plazo. Una vez celebrado el acto (o transcurridos 15 días hábiles sin que el SMAC haya citado a las partes), el plazo vuelve a correr desde donde quedó.

La conciliación en los despidos: estrategia práctica

En los despidos disciplinarios la conciliación previa es el momento más importante de todo el proceso:

  • El empresario puede ofrecer readmisión (si el despido fue nulo) o indemnización (si fue improcedente).
  • El trabajador puede negociar la indemnización por encima de los 33 d/año legales, la calificación del despido o las condiciones de la carta de despido.
  • Si se llega a acuerdo, el FOGASA no cubre nada, el empresario paga directamente.

Un acuerdo en conciliación de despido no da derecho al desempleo si la causa es la calificación de improcedente acordada. El trabajador accede al paro en todos los tipos de despido salvo en la baja voluntaria y el mutuo acuerdo no ligado a ERE.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ir al SMAC sin abogado?

Sí. No es obligatoria la representación letrada. Sin embargo, es muy recomendable: el conciliador no asesora a ninguna de las partes, y un acuerdo mal negociado puede perjudicarte económicamente o en futuras reclamaciones.

¿Qué pasa si no acudo al SMAC?

Si el trabajador (demandante) no acude sin causa justificada, se levanta acta de "incomparecencia" y el intento de conciliación se tiene por intentado. La demanda judicial podrá presentarse igualmente. Si hay incomparecencia reiterada o injustificada puede implicar condena en costas en el posterior proceso judicial.

¿La conciliación es confidencial?

El proceso es reservado. Lo manifestado ante el conciliador no puede usarse como prueba en el juicio posterior (salvo el acuerdo o el acta de sin avenencia, que sí son documentos con efectos procesales).

Lexiel ayuda a los abogados laboralistas a preparar la papeleta de conciliación, calcular los importes reclamables y elaborar la estrategia negociadora para el acto de conciliación.


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