Litigación climática en España: Ley 7/2021, Acuerdo de París y responsabilidad empresarial
La litigación climática llega a España. Analizamos los fundamentos jurídicos disponibles: Ley 7/2021 de cambio climático, Acuerdo de París, Reglamento de Taxonomía UE, CSDDD y el caso TEDH Duarte Agostinho como precedente europeo.
Litigación climática: el nuevo frente judicial
La litigación climática llega a España con la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética como nuevo fundamento jurídico nacional, complementado por el Acuerdo de París y el Reglamento de Taxonomía UE.
Fundamentos jurídicos disponibles
- Ley 7/2021: establece metas de neutralidad climática y obligaciones para grandes empresas
- CSDDD (Directiva 2024/1760): diligencia debida en sostenibilidad para empresas >500 empleados
- Reglamento de Taxonomía (UE) 2020/852: etiquetado verde con responsabilidad por greenwashing
- Art. 1902 Cc + TEDH: precedente Duarte Agostinho v. Portugal & 32 States (2024)
El precedente Duarte Agostinho
El TEDH declaró en 2024 que los Estados tienen obligaciones positivas derivadas del Art. 8 CEDH (vida privada y familiar) frente al cambio climático. Aunque inadmitió el fondo por agotamiento de vías internas, sienta base para litigios nacionales.
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