Jurisprudencia TS 2025: Cláusulas Abusivas en Tarjetas de Crédito y Préstamos
Análisis de las principales sentencias del Tribunal Supremo en 2025 sobre cláusulas abusivas en contratos bancarios: TAE oculta, intereses moratorios desproporcionados, tarjetas revolving y gastos hipotecarios.
# Jurisprudencia TS 2025: Cláusulas Abusivas en Tarjetas de Crédito y Préstamos
El Tribunal Supremo ha dictado en 2025 varias sentencias relevantes que consolidan y matizan la doctrina sobre cláusulas abusivas en contratos bancarios de consumo. Este análisis recoge las líneas jurisprudenciales más importantes para la práctica procesal.
Nota: Las sentencias citadas son reales. Los números de ECLI son orientativos para facilitar la búsqueda en CENDOJ.
1. Tarjetas revolving: doctrina post-TS 2020
La doctrina de la STS 4 marzo 2020 (caso Wizink)
La sentencia fundacional del TS en materia revolving (ECLI:ES:TS:2020:600) estableció que el control de abusividad en tarjetas revolving se realiza por la vía de la usura (Ley de 23 julio 1914) cuando el tipo de interés remuneratorio sea "notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado".
El umbral: el TS comparó con el TAE medio de las tarjetas de crédito publicado por el Banco de España (en torno al 20-21% TAE). Tipos superiores en 10 o más puntos porcentuales serían usurarios en principio.
Evolución 2024-2025
La STS de 29 noviembre 2023 (ECLI:ES:TS:2023:4985) matizó el umbral: no existe un porcentaje fijo como límite de usura. El análisis es comparativo y contextual: hay que comparar con el TAE medio del mercado en el momento de la contratación.
Línea 2025: Las AAPP vienen aplicando que tipos superiores al 25% TAE en tarjetas revolving contratadas entre 2015-2020 son abusivos, dada la publicación mensual del Banco de España sobre tipos de crédito al consumo.
Efecto de la nulidad por usura: el contrato es nulo de pleno derecho (Art. 1 LU) y el consumidor solo debe restituir el principal, sin intereses ni comisiones. Las cantidades pagadas de más se devuelven.
2. Intereses moratorios en préstamos al consumo
Doctrina TS (STJUE 14 marzo 2013 y ss.)
El Tribunal de Justicia de la UE y el TS han consolidado la doctrina sobre el control de los intereses moratorios en préstamos personales:
- Intereses moratorios > legal + 2pp: abusivos en principio (STS 22 abril 2015, ECLI:ES:TS:2015:1723)
- Efecto: la cláusula se tiene por no puesta. El contrato subsiste con el tipo legal de interés moratorio.
Actualización 2025: con el tipo legal en 3,25% para 2025, el umbral orientativo son los 5,25% anuales (legal + 2pp). Intereses moratorios superiores en contratos de consumo son escrutados judicialmente.
3. Gastos hipotecarios: línea jurisprudencial post-Ley 5/2019
La Ley 5/2019 de Contratos de Crédito Inmobiliario
La LCCI distribuyó los gastos hipotecarios: el banco paga gestoría, tasación y AJD; el cliente paga notaría (copia).
Para hipotecas anteriores a 2019: la jurisprudencia TS (STS 23 enero 2019, STS 5 noviembre 2020) estableció:
- Notaría: mitad cada parte
- Registro: banco
- Gestoría: banco
- AJD: banco (desde STS 27 noviembre 2018 en pleno)
- Tasación: banco
Plazo de prescripción de la acción: 5 años desde la STS que establece la abusividad. Las acciones nacidas al amparo de la STS 23 enero 2019 prescribieron en enero 2024, pero las derivadas de la STS de noviembre 2020 tienen plazo hasta 2025.
4. Comisión de apertura en préstamos hipotecarios
STJUE 16 julio 2020 (caso Caixabank)
El Tribunal de Justicia declaró que la comisión de apertura puede ser objeto de control de transparencia (pero no de contenido) si no se negoció individualmente.
Criterios post-STJUE: la comisión de apertura es válida si:
- El banco acredita que responde a un servicio efectivamente prestado
- La cuantía es proporcional al servicio
- Se informó al consumidor con claridad antes de la firma
La práctica bancaria usual de cobrar entre 0,5% y 1,5% del capital sin detallar el servicio ha sido cuestionada por numerosas AAPP.
Impacto para la práctica procesal
Para el abogado demandante:
- Verificar el TAE de la tarjeta o préstamo en el contrato y comparar con el Boletín Estadístico del Banco de España del momento de contratación
- En cláusulas de gasto hipotecario: verificar la fecha del contrato (antes/después de 16 junio 2019, entrada en vigor LCCI)
- Alegar simultáneamente usura + nulidad por abusividad (no son incompatibles: STS 4 marzo 2020)
Para el abogado demandado (banco):
- Acreditar que el tipo aplicado corresponde al mercado en el momento de contratación
- Oponer excepción de prescripción en gastos hipotecarios anteriores a 2019
- Alegar proporcionalidad de la comisión de apertura con documentación del servicio prestado
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