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Lexiel/Glosario/Acusación particular
Definición jurídica
Derecho penal

Acusación particular

Participación del ofendido o perjudicado por el delito en el proceso penal como parte acusadora, ejerciendo la acción penal y la civil derivada. En España, la acusación particular puede ejercerse independientemente del Ministerio Fiscal. Distinta de la acusación popular (cualquier ciudadano) y de la acción civil acumulada.

Arts. 109-113 LECrim

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