Delito societario
Delitos cometidos por administradores de hecho o de derecho de sociedades mercantiles: imponer acuerdos abusivos (Art. 291 CP), impedir o limitar derechos de socios (Art. 292 CP), falsear la contabilidad (Art. 290 CP) o disponer fraudulentamente de bienes de la sociedad en perjuicio de socios o acreedores (Art. 295 CP).
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Otros términos de Derecho penal
Circunstancia que reduce la gravedad del delito y permite imponer la pena en su mitad inferior. Incluye: confesión, reparación del daño, dilaciones indebidas, drogadicción, parentesco y atenuante analógica.
Circunstancia que aumenta la gravedad del delito y permite imponer la pena en su mitad superior. Incluye: alevosía, abuso de superioridad, disfraz, precio, discriminación y reincidencia.
Beneficio que permite dejar en suspenso la ejecución de penas privativas de libertad no superiores a 2 años (excepcionalmente 5), condicionado a no delinquir durante el plazo fijado (2-5 años).
Acuerdo por el que el acusado reconoce los hechos y acepta la pena solicitada, evitando el juicio oral. En el procedimiento abreviado puede hacerse en cualquier momento anterior al juicio. Tiene un límite: si la pena solicitada supera los 6 años de prisión, la conformidad solo es posible si el tribunal la acepta libremente.
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