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Lexiel/Glosario/Jura de cuentas
Definición jurídica
Derecho procesal

Jura de cuentas

Procedimiento simplificado por el que abogados y procuradores pueden reclamar sus honorarios o derechos al cliente directamente, sin necesidad de juicio declarativo. El tribunal convoca al cliente; si no paga ni impugna, se ejecuta directamente.

Arts. 34-35 LEC

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