Skip to main content
Prueba Lexiel gratisProbar ahora →
Lexiel/Glosario/Litisconsorcio
Definición jurídica
Derecho procesal

Litisconsorcio

Pluralidad de demandantes o demandados en un mismo proceso. Necesario (o pasivo necesario): impuesto por la ley o la naturaleza de la relación jurídica cuando la sentencia no puede dictarse sin la presencia de todos los interesados. Voluntario: surge por la acumulación subjetiva de acciones, posible siempre que sean conexas.

Arts. 12-14 LEC
Ver todos los términos

Lexiel busca jurisprudencia sobre este término y redacta escritos con citas verificadas.

Probar gratis

Actualizaciones jurídicas semanales

Cambios legislativos, jurisprudencia relevante y novedades de Lexiel. Sin spam. Baja cuando quieras.

Cumplimos el RGPD. No compartimos tu email con terceros.

Litisconsorcio: Definición jurídica | Glosario Lexiel