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Lexiel/Glosario/Administración desleal
Definición jurídica
Derecho penal

Administración desleal

Delito por el que el administrador de una sociedad u otro patrimonio quebranta los deberes de su cargo causando un perjuicio económico. Distingue del delito societario clásico en que no requiere aprovechamiento personal. Especialmente relevante en disputas entre socios y en concursos de acreedores.

Art. 252 CP

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