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Lexiel/Glosario/Delito continuado
Definición jurídica
Derecho penal

Delito continuado

Pluralidad de acciones u omisiones que individualmente serían delitos o faltas, ejecutadas por el mismo sujeto aprovechando idéntica ocasión o vulnerando el mismo precepto, y que se valoran unitariamente. La pena se fija en la mitad superior del delito más grave.

Art. 74 CP

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