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Lexiel/Glosario/Divorcio
Definición jurídica
Derecho de familia

Divorcio

Disolución del matrimonio por resolución judicial. Desde la reforma de 2005, el divorcio es directo (sin separación previa) y no causal: basta la voluntad de uno de los cónyuges. Si hay acuerdo, puede ser de mutuo acuerdo ante notario o letrado de la Administración de Justicia.

Arts. 86-89 CC / Ley 15/2005
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