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Lexiel/Glosario/Emancipación
Definición jurídica
Derecho de familia

Emancipación

Acto jurídico por el que el menor de edad obtiene plena capacidad de obrar antes de cumplir los 18 años. Puede tener lugar por matrimonio, concesión de los progenitores (desde los 16 años, con consentimiento del menor, ante notario o juez) o concesión judicial. El emancipado puede regir su persona y bienes pero no puede pedir préstamos, gravar o enajenar inmuebles sin consentimiento de sus padres o curador.

Arts. 314-324 CC

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