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Lexiel/Glosario/Nulidad de actuaciones
Definición jurídica
Derecho procesal

Nulidad de actuaciones

Sanción procesal que priva de efectos a actos judiciales realizados con infracción de normas esenciales del procedimiento causando indefensión. Puede declararse de oficio o a instancia de parte. De mayor gravedad que la anulabilidad.

Arts. 225-231 LEC
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