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Lexiel/Glosario/Responsabilidad civil ex delicto
Definición jurídica
Derecho penal

Responsabilidad civil ex delicto

Obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito, exigible dentro del propio proceso penal. Comprende restitución, reparación e indemnización. El responsable penal responde solidariamente con el responsable civil.

Arts. 109-122 CP

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