Los baremos orientativos de los colegios de abogados (CGAE, ICAM, ICAB…) son tablas de honorarios de referencia. Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2009, los honorarios de abogado son completamente libres (art. 44 EGAE). Este cálculo usa esas tablas como punto de partida para estimar un rango razonable según el tipo de procedimiento, la cuantía y la complejidad.
Estimación basada en baremos orientativos de colegios de abogados españoles (2026). Los honorarios reales dependen de la negociación entre abogado y cliente. No constituye asesoramiento jurídico.
¿Cómo se calculan los honorarios?
Baremo base por procedimiento: Cada tipo de asunto tiene un honorario mínimo orientativo. En asuntos de cuantía determinada (civil, laboral, mercantil, sucesiones) se aplica un porcentaje decreciente sobre la cuantía, con mínimos garantizados. En asuntos sin cuantía (penal, contencioso, familia) se usa una cuota fija como referencia.
Multiplicador de instancia: La primera instancia equivale a ×1. La apelación (Audiencia Provincial / TSJ) multiplica por 1,5 al implicar mayor dedicación. La casación (Tribunal Supremo) multiplica por 2 por su complejidad excepcional.
Factor de complejidad: Complejidad baja (−20%) para asuntos rutinarios sin litigio. Complejidad media (×1) para controversias estándar. Complejidad alta (+40%) para asuntos con peritos, múltiples partes o cuestiones jurídicas novedosas.
Rango ±20%: El resultado final se presenta como un rango del ±20% sobre el honorario calculado, reflejando la variabilidad real del mercado entre abogados de diferente experiencia y ubicación geográfica.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el baremo orientativo de honorarios de abogado?
El baremo orientativo es una guía de honorarios publicada por los Colegios de Abogados (ICAM, ICAB, etc.). Desde la liberalización de 2009, no son vinculantes; son meramente indicativos y sirven como referencia en tasaciones de costas judiciales.
¿Los honorarios de abogado están regulados?
No. El art. 44 del EGAE (RD 135/2021) establece que los honorarios son libremente pactados. No existe tarifa mínima ni máxima obligatoria. El abogado y el cliente pueden acordar el precio que estimen conveniente.
¿Qué incluye el resultado y qué no?
El resultado muestra los honorarios orientativos del abogado (sin IVA) y el total estimado con IVA (21%). No incluye suplidos: arancel de procurador, tasas judiciales, honorarios de perito judicial, notaría o registro.
¿Puedo usar este cálculo para negociar con mi abogado?
Es un punto de partida útil, pero los honorarios reales dependen de la experiencia del abogado, la complejidad real del asunto, la ubicación geográfica y el acuerdo entre las partes. Pedir varios presupuestos es siempre recomendable.
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¿Dudas sobre los honorarios de tu abogado?
Lexiel explica cómo funciona la minuta del abogado, los criterios de los baremos y cuándo puedes impugnarla como cliente.
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