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Derecho Procesal

Calculadora Tasa Judicial 2026

Personas jurídicas: Ley 10/2012. Modelo 696. Cuota fija + 0,5% cuantía.

Tipo de litigante

Si es indeterminada, use 18.000 € (cuantía mínima legal)

Tasa judicial estimada

Cuota fija (Civil, Primera instancia / Recurso inicial)
300 €
Cuota variable (0,5% hasta 1M€ + 0,25% exceso, tope 10.000€)
0 €
Total tasa judicial (modelo 696)
300 €
La tasa se abona mediante el modelo 696 (AEAT) antes de interponer el recurso. La no presentación es causa de inadmisión (Art. 8 Ley 10/2012).
Gestionar el proceso con Lexiel

Aviso legal: Cálculo orientativo. Están exentos: personas físicas (STC 140/2016), Administraciones públicas, Ministerio Fiscal, oficio (turno de oficio), entidades sin ánimo de lucro, trabajadores y beneficiarios de SS en el orden social. Tasas reguladas por la Ley 10/2012, modificada por RD-l 3/2013 y Ley 25/2015.

Base legal: Art. 6 y 7 Ley 10/2012, de 20 de noviembre. Cuotas variables: 0,5% sobre cuantía hasta 1.000.000 € + 0,25% sobre el exceso (tope 10.000 €). Las pequeñas y medianas empresas no tienen reducción especial salvo que tributen en el IS a tipo reducido.

¿Qué es la tasa judicial y a quién aplica?

La tasa judicial es una exacción parafiscal regulada por la Ley 10/2012 que deben abonar las personas jurídicas (sociedades, asociaciones, fundaciones) antes de interponer determinados recursos y acciones ante los órganos jurisdiccionales. El Tribunal Constitucional (STC 140/2016, Pleno de 26 de octubre de 2016) declaró inconstitucional y nula la exigencia de tasas a las personas físicas, por lo que estas están completamente exentas.

Estructura de la tasa judicial

La tasa se compone de dos partes: (1) Una cuota fija que varía según el orden jurisdiccional y la instancia (p.ej.: 300 € en primera instancia civil, 800 € en apelación civil, 1.200 € en casación); (2) Una cuota variable del 0,5% sobre la cuantía hasta 1.000.000 € más un 0,25% sobre el exceso, con un tope máximo de 10.000 €.

¿Dudas sobre las tasas judiciales?

Lexiel explica el Modelo 696 (Ley 10/2012), quién está exento (personas físicas), cuándo se paga y cómo recurrirla si es incorrecta.

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