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ERTE 2026: guía completa para empresas y trabajadores, requisitos, prestación y trámites
Procedimientos9 minEquipo Lexiel

ERTE 2026: guía completa para empresas y trabajadores, requisitos, prestación y trámites

Todo sobre el ERTE en 2026: tipos (ETOP y fuerza mayor), procedimiento de aprobación, prestación por desempleo durante el ERTE, cotización, sanciones y alternativas al despido colectivo.

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¿Qué es un ERTE?

El Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es el mecanismo que permite a las empresas suspender temporalmente los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de sus trabajadores por razones económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor, sin necesidad de extinguir los contratos.

A diferencia del ERE (extinción definitiva), el ERTE es reversible: los trabajadores conservan su vínculo laboral con la empresa y recuperan su actividad normal cuando cesen las causas que motivaron la medida.

Tipos de ERTE en 2026

1. ERTE por causas ETOP (Económicas, Técnicas, Organizativas o de Producción)

Requisitos:

  • La empresa debe justificar la concurrencia de causas ETOP mediante documentación (cuentas anuales, previsiones de actividad, pérdidas, etc.).
  • Período de consultas con los representantes de los trabajadores: 15 días naturales (7 días si la empresa tiene menos de 50 trabajadores sin representación legal).

Procedimiento:

  1. Comunicación de apertura del período de consultas a la autoridad laboral y a los trabajadores.
  2. Negociación durante el período de consultas (pueden terminar en acuerdo o sin él).
  3. Decisión empresarial final notificada a los trabajadores afectados.
  4. Comunicación a la autoridad laboral de la decisión final.

El ERTE no requiere autorización administrativa previa. La empresa asume el riesgo de que la medida sea impugnada.

2. ERTE por Fuerza Mayor

Requisitos:

  • Existencia de un evento externo, imprevisible e irresistible que impide la continuidad de la actividad (catástrofe natural, incendio, pandemia declarada, etc.).
  • Requiere autorización expresa de la autoridad laboral (Subdirección General de Relaciones Laborales o equivalente autonómico).

Procedimiento:

  1. Solicitud a la autoridad laboral con documentación acreditativa.
  2. La autoridad laboral dispone de 5 días hábiles para resolver (silencio administrativo positivo).
  3. La autorización tiene efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor.

Ventaja fiscal: En ERTE por fuerza mayor, el Estado puede asumir parcial o totalmente las exoneraciones de cuotas de Seguridad Social.

Prestación por desempleo durante el ERTE

Los trabajadores en ERTE tienen derecho a la prestación por desempleo:

  • No se exige período mínimo de cotización (excepcional durante el ERTE).
  • Cuantía: 70% de la base reguladora los primeros 6 meses; 50% a partir del 7º mes.
  • La prestación no consume el período de prestación al que tiene derecho el trabajador (las horas de ERTE se descartan del consumo, desde la Ley de Empleo 2023).
  • SEPE paga directamente al trabajador; la empresa no anticipa.

Ejemplo de cuantía

Trabajador con base reguladora de 2.000 €/mes:

  • Primeros 6 meses ERTE: 2.000 × 70% = 1.400 €/mes (antes de IRPF).
  • A partir del 7º mes: 2.000 × 50% = 1.000 €/mes.
  • Tope máximo: entre 1.225 € y 2.060 €/mes según cargas familiares.

Cotización durante el ERTE

  • ERTE ETOP: la empresa cotiza por las horas trabajadas; no hay obligación de cotizar por las horas suspendidas, salvo acuerdo.
  • ERTE Fuerza Mayor con exoneración: la empresa está exonerada del pago de cuotas empresariales (cuota obrera la paga el SEPE).

Las cotizaciones computadas durante la suspensión o reducción de jornada (aunque no se abonen por la empresa) cuentan para el período de carencia de futuras prestaciones del trabajador.

Paso 1: Documentación necesaria

Para iniciar un ERTE ETOP la empresa debe preparar:

  • Memoria explicativa con causas justificativas.
  • Documentación contable (últimos 3 ejercicios si son causas económicas).
  • Plan de medidas (temporalidad, afectados, duración prevista).
  • Poder notarial para negociadores.

Paso 2: Período de consultas

La comisión negociadora debe estar compuesta por:

  • Por la empresa: máximo 13 representantes.
  • Por los trabajadores: representantes legales (comité o delegados) o, en su ausencia, comisión ad hoc de trabajadores.

Paso 3: Implementación y comunicación al SEPE

Una vez tomada la decisión empresarial:

  1. Notificación individual a cada trabajador afectado (con preaviso mínimo de 15 días o el pactado).
  2. Comunicación al SEPE mediante el Sistema RED para el reconocimiento de la prestación.
  3. Alta en situación asimilada a la del desempleo en la Seguridad Social.

Sanciones y riesgos

  • ERTE fraudulento: si la autoridad laboral detecta que no concurren las causas alegadas, la medida puede declararse nula, con obligación de abonar salarios durante el ERTE y cotizaciones.
  • Compromiso de mantenimiento del empleo: durante los ERTEs con exoneración de cuotas, la empresa está obligada a mantener el empleo durante 6 meses tras la finalización.
  • Devolución de bonificaciones si se producen despidos durante el compromiso de empleo.

Alternativas al ERTE

MedidaReversibleIndemnizaciónCoste empresa
ERTE suspensiónNoBajo
ERTE reducciónNoMedio
Movilidad geográfica (Art. 40)Sí si el trabajador rechazaMedio
Modificación condiciones (Art. 41)Sí si el trabajador resuelveBajo
ERE (despido colectivo)No20 días/año (mín.)Alto

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