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Lexiel/Glosario/Herencia intestada
Definición jurídica
Derecho civil

Herencia intestada

Sucesión que se produce cuando el fallecido no dejó testamento o este fue ineficaz. La ley establece el orden de llamamientos: descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales hasta 4.º grado y, en último término, el Estado.

Arts. 913-958 CC

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