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Lexiel/Glosario/Responsabilidad civil extracontractual
Definición jurídica
Derecho civil

Responsabilidad civil extracontractual

Obligación de reparar el daño causado a otro por acción u omisión culposa o negligente, sin existir relación contractual previa. Requiere acción, daño, nexo causal y culpa o negligencia.

Art. 1902 CC

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