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Lexiel/Glosario/IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
Definición jurídica
Derecho fiscal

IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

Impuesto local directo que grava la titularidad de bienes inmuebles. Su base imponible es el valor catastral del inmueble. El tipo lo fija el Ayuntamiento dentro de los límites legales. El sujeto pasivo es el propietario o titular de un derecho real sobre el bien.

Arts. 60-77 TRLRHL (RDLeg 2/2004)

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