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Lexiel/Glosario/Violencia de género
Definición jurídica
Derecho de familia

Violencia de género

Violencia ejercida sobre la mujer por quien sea o haya sido su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad. Es un delito agravado respecto a la violencia doméstica. La víctima tiene derecho a orden de protección, asistencia jurídica gratuita, ayudas económicas y protección de datos.

LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral

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