Cómo redactar un escrito de demanda: estructura, contenido y errores comunes
Aprende a redactar un escrito de demanda conforme al Art. 399 LEC: estructura, fundamentos de derecho, suplico, documentos y errores que debes evitar.
Cómo redactar un escrito de demanda: guía completa
El escrito de demanda es la piedra angular de cualquier procedimiento civil. Una demanda bien redactada marca la diferencia entre ganar y perder un caso. Esta guía analiza cada elemento del escrito de demanda conforme al Art. 399 LEC, con ejemplos prácticos y los errores más frecuentes.
1. Requisitos legales (Art. 399 LEC)
El artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece: datos de las partes, hechos numerados y ordenados, fundamentos de derecho, petición (suplico), y documentos adjuntos. Además, el Art. 264 LEC exige documentos procesales obligatorios y el Art. 265 LEC los documentos materiales.
2. Estructura del escrito de demanda
#### 2.1 Encabezamiento
Identifica: órgano judicial, tipo de procedimiento, abogado y procurador, datos completos de demandante y demandado (nombre, DNI/NIF/CIF, domicilio). Error frecuente: no verificar el domicilio del demandado, si la notificación no llega, el procedimiento se paraliza.
#### 2.2 Hechos
Deben presentarse numerados (PRIMERO, SEGUNDO...), ordenados cronológicamente, claros y concisos (una idea por hecho), y vinculados a prueba. Estructura recomendada: afirmación fáctica + referencia al documento que lo acredita + relevancia jurídica.
Ejemplo: PRIMERO. Con fecha 15 de enero de 2024, las partes suscribieron contrato de arrendamiento de vivienda sita en Calle Mayor n.º 12, 3.º B, de Madrid, por una renta mensual de 1.200 euros. Se acompaña como Documento n.º 1 copia del contrato de arrendamiento.
Errores frecuentes: mezclar hechos con valoraciones jurídicas, incluir hechos irrelevantes, no vincular hechos a prueba, desorden cronológico.
#### 2.3 Fundamentos de Derecho
Bloque I: Normas procesales: jurisdicción y competencia (Art. 45-62 LEC), legitimación (Art. 10 LEC), procedimiento aplicable (Art. 248-250 LEC), postulación (Art. 23-31 LEC), cuantía (Art. 251-255 LEC).
Bloque II: Normas materiales: regulación sustantiva aplicable (CC, LAU, LPH...), jurisprudencia del TS y AP, doctrina del TC si hay derechos fundamentales.
#### 2.4 El suplico (petitum)
Determina los límites de lo que el juez puede conceder (principio de congruencia, Art. 218 LEC). Reglas: claridad, numeración, orden (principales primero, subsidiarias después), importes exactos, y solicitar costas.
Errores graves: petitum indeterminado ("Se condene a indemnizar daños" sin especificar), incongruencia con los hechos, olvidar peticiones subsidiarias, no pedir costas.
#### 2.5 Otrosí digo
Para solicitudes accesorias: diligencias preliminares, medidas cautelares (Art. 721-747 LEC), justicia gratuita, prueba anticipada.
3. Documentos obligatorios
Procesales (Art. 264 LEC): poder del procurador, certificación de conciliación previa (si preceptiva), acreditación de representación.
Materiales (Art. 265 LEC): todos los documentos que funden el derecho (contratos, facturas, correspondencia, informes periciales, certificaciones). Regla de preclusión (Art. 269 LEC): solo se admiten excepcionalmente documentos posteriores o no obtenibles antes.
4. Los 10 errores más comunes
- Falta de legitimación
- Competencia territorial incorrecta
- Hechos desordenados o confusos
- Fundamentos jurídicos insuficientes
- Suplico impreciso
- Documentos incompletos
- No agotar vía previa
- Errores en identificación del demandado
- Olvidar la tasa judicial (Ley 10/2012)
- No firmar electrónicamente (LexNET)
5. Juicio ordinario vs. juicio verbal
| Aspecto | Ordinario (>6.000 €) | Verbal (≤6.000 €) |
|---|---|---|
| Contestación | 20 días hábiles | 10 días hábiles |
| Reconvención | Siempre permitida | Solo si conexa (Art. 438.3 LEC) |
| Audiencia previa | Sí (Art. 414 LEC) | No (vista directa) |
6. Demandas especiales
- Monitorio (Art. 812 LEC): petición inicial con documentos de la deuda
- Cambiario (Art. 819 LEC): requiere título cambiario original
- Desahucio (Art. 440.3 LEC): permite acumular reclamación de rentas
- Ejecución hipotecaria (Art. 681 LEC): requiere certificación registral
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