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Lexiel/Glosario/Arrendamiento de local de negocio
Definición jurídica
Derecho civil

Arrendamiento de local de negocio

Alquiler de inmueble destinado a actividad empresarial o profesional, regulado por el Título III de la LAU. A diferencia del arrendamiento de vivienda, las partes tienen mayor libertad para pactar duración, renta y condiciones de prórroga. El arrendatario goza de derecho de adquisición preferente y, en su caso, indemnización por clientela al término del contrato.

Ley 29/1994 LAU — Título III / Arts. 29-35

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