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Definición jurídica
Derecho civil

Legado

Disposición testamentaria por la que el testador atribuye a una persona (legatario) un bien o derecho concreto de la herencia, sin necesidad de aceptar la herencia en su conjunto ni responder de las deudas hereditarias (salvo las específicamente gravadas). Se diferencia de la institución de heredero en que este recibe una cuota del activo neto.

Arts. 858-891 CC

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