Skip to main content
Prueba Lexiel gratisProbar ahora →
Lexiel/Glosario/Recurso de alzada
Definición jurídica
Derecho administrativo

Recurso de alzada

Recurso ordinario contra actos que no agoten la vía administrativa, interpuesto ante el órgano superior jerárquico. Plazo: 1 mes para actos expresos, 3 meses desde el silencio negativo. Si la Administración no resuelve en 3 meses, se entiende desestimado (silencio negativo). Agota la vía administrativa.

Arts. 121-122 LPACAP

Recursos relacionados

Ver todos los términos

Lexiel busca jurisprudencia sobre este término y redacta escritos con citas verificadas.

Probar gratis

Artículos relacionados

Actualizaciones jurídicas semanales

Cambios legislativos, jurisprudencia relevante y novedades de Lexiel. Sin spam. Baja cuando quieras.

Cumplimos el RGPD. No compartimos tu email con terceros.

Recurso de alzada: Definición jurídica | Glosario Lexiel