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Lexiel/Glosario/Silencio administrativo
Definición jurídica
Derecho administrativo

Silencio administrativo

Efecto jurídico que se produce cuando la Administración no resuelve en el plazo legal. El silencio puede ser positivo (se entiende estimada la solicitud) o negativo (se entiende desestimada). Con carácter general, el silencio es positivo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado; negativo en los iniciados de oficio y en ciertos procedimientos tasados (licencias urbanísticas, actividades en DOMPU).

Arts. 24-25 LPAC (Ley 39/2015)

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