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Lexiel/Glosario/Responsabilidad tributaria (solidaria y subsidiaria)
Definición jurídica
Derecho fiscal

Responsabilidad tributaria (solidaria y subsidiaria)

Institución por la que una persona distinta del obligado principal queda sujeta al pago de la deuda tributaria. La responsabilidad solidaria (art. 42 LGT) puede exigirse directamente sin agotar el patrimonio del deudor. La subsidiaria (art. 43 LGT) requiere la previa declaración de fallido del deudor principal. Incluye a administradores de sociedades.

Arts. 41-43 LGT

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