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Lexiel/Glosario/Subrogación hipotecaria
Definición jurídica
Derecho civil

Subrogación hipotecaria

Sustitución del acreedor hipotecario original por otra entidad financiera que ofrece mejores condiciones al deudor. Regulada por la Ley 2/1994, permite cambiar de banco sin cancelar la hipoteca y sin pagar AJD.

Ley 2/1994 / Arts. 1203-1213 CC

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