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Ley 32/2010 · Arts. 327-343 LGSS · RDL 13/2022

Cese de Actividad: Autónomos

¿Cuánto cobras cuando cierras tu negocio? Calcula la prestación por cese de actividad: 70% de tu base reguladora, con topes IPREM 2026 y duración según meses cotizados en el RETA.

Desde la Ley 14/2022 (RDL 13/2022), la cotización por cese de actividad es obligatoria para todos los autónomos RETA. Requisito mínimo: 12 meses cotizados.

Datos para el cálculo

Consulta tu resolución de la TGSS o tus recibos de cuota RETA de los últimos 12 meses.

Solo cuentan los meses cotizados específicamente a cese de actividad (no la cotización general RETA). Mínimo exigido: 12 meses continuados.

Hijos a cargo menores de 26 años o con discapacidad

Calculadora orientativa. Arts. 327-343 LGSS (RDLeg 8/2015) · Ley 32/2010 · RDL 13/2022 · Ley 14/2022. IPREM 2026: 600 €/mes. Cuantía: 70% BR (Art. 340 LGSS). Duración: 2 meses / 12 cotizados, máx. 24 (Art. 338 LGSS). Cotización obligatoria para autónomos desde 1-1-2023.

Guía del cese de actividad para autónomos (2026)

¿Qué es el cese de actividad?

Es la prestación económica que reconoce la Seguridad Social a los trabajadores autónomos que, cumpliendo los requisitos establecidos, cesan en el ejercicio de su actividad. Está regulada por la Ley 32/2010, de 5 de agosto, y los Arts. 327-343 del LGSS (RDLeg 8/2015). Desde la Ley 14/2022 y el RDL 13/2022, la cotización por esta contingencia es obligatoria para todos los autónomos dados de alta en el RETA desde el 1 de enero de 2023, lo que ha extendido su cobertura de forma significativa.

Cuantía y duración (Arts. 338-340 LGSS)

Meses cotizadosMeses prestaciónCuantía
Menos de 12Sin acceso
12 a 232 meses70% BR
24 a 354 meses70% BR
36 a 476 meses70% BR
48 a 598 meses70% BR
60 a 7110 meses70% BR
72 o más12-24 meses70% BR

BR = base reguladora = promedio de las 12 últimas bases de cotización RETA por cese de actividad. Cuantía mínima: 80% IPREM sin hijos (480€), 107% IPREM con hijos (642€). Cuantía máxima: 175% IPREM sin hijos/1 hijo (1.050€), 200% IPREM con 2+ hijos (1.200€). IPREM 2026: 600 €/mes.

Requisitos para acceder (Art. 330 LGSS)

  • Estar afiliado/a y en alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o en el REMC/RETM.
  • Tener cubierto el período mínimo de cotización: 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.
  • Estar en situación legal de cese de actividad (causas válidas del Art. 331 LGSS).
  • No tener la edad ordinaria de jubilación, salvo que no se reúnan los requisitos para la pensión de jubilación.
  • Suscribir el compromiso de actividad: búsqueda activa de empleo o formación profesional.
  • Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Plazo de solicitud

La solicitud debe presentarse ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social o ante el SEPE en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha del cese de actividad. La presentación fuera de plazo puede suponer la pérdida de días de prestación equivalentes a los días de retraso.

¿Tienes dudas sobre el cese de actividad de autónomos?

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