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Propiedad intelectual e industrial: marcas, patentes, derechos de autor y secretos empresariales
Guías prácticas14 minEquipo Lexiel

Propiedad intelectual e industrial: marcas, patentes, derechos de autor y secretos empresariales

Guía básica de propiedad intelectual e industrial para abogados: registro de marcas en la OEPM, patentes, derechos de autor, secretos empresariales y acciones de defensa.

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Propiedad intelectual e industrial en España: conceptos fundamentales

La protección de la creación intelectual y las innovaciones empresariales es un área jurídica de creciente importancia en la economía digital. Este artículo ofrece una visión general de los principales instrumentos de protección disponibles en el ordenamiento español: marcas, patentes, derechos de autor y secretos empresariales, con referencia a su marco normativo y a las acciones de defensa disponibles.

Distinción entre propiedad intelectual e industrial

En el Derecho español, la terminologia distingue entre:

  • Propiedad intelectual: Derechos de autor y derechos conexos, regulados por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril (TRLPI). Protege las creaciones literarias, artisticas y cientificas.
  • Propiedad industrial: Marcas, patentes, modelos de utilidad y disenos industriales, regulados por leyes específicas. Protege los signos distintivos y las innovaciones técnicas.

Ambas categorías comparten un objetivo común: incentivar la creación e innovación otorgando derechos exclusivos a sus titulares.

Marcas: protección de signos distintivos

#### Concepto y regulación

La Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas (LM), reformada por el Real Decreto-ley 23/2018 (transposición de la Directiva 2015/2436), regula las marcas en España. Una marca es todo signo susceptible de representación gráfica (denominaciones, logotipos, formas tridimensionales, sonidos, colores, patrones) que sirva para distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otra (art. 4 LM).

#### Registro ante la OEPM

El registro de marcas se tramita ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). El proceso incluye:

  1. Solicitud: Presentación del formulario de solicitud con identificación del signo, descripción de productos/servicios según la Clasificación de Niza, y pago de tasas (aproximadamente 145 EUR por la primera clase, con suplemento de 97 EUR por clase adicional).

  1. Examen formal: La OEPM verifica el cumplimiento de los requisitos formales.

  1. Publicación y oposición: La solicitud se pública en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI). Los terceros disponen de un plazo de dos meses para presentar oposición.

  1. Examen de fondo: La OEPM examina las causas de denegación absolutas (signos genericos, descriptivos, contrarios al orden público) y, en su caso, las oposiciones presentadas.

  1. Concesión y publicación: Si no hay obstáculos, la marca se concede y pública.

Duración: La marca se concede por 10 años desde la fecha de solicitud, renovable indefinidamente por períodos sucesivos de 10 años (art. 31 LM).

#### Tipos de marcas

  • Marca denominativa: Compuesta exclusivamente por palabras o letras.
  • Marca gráfica o figurativa: Compuesta por imagenes, dibujos o logotipos.
  • Marca mixta: Combinación de elementos denominativos y graficos.
  • Marca tridimensional: La forma del producto o su envase.
  • Marca de color: Un color o combinación de colores específicos.
  • Marca sonora: Melodias, secuencias de sonidos.
  • Marca de movimiento: Secuencia de imagenes en movimiento.

#### Protección a nivel europeo e internacional

  • Marca de la Union Europea (MUE): Registrada ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Union Europea (EUIPO), con efectos en todos los Estados miembros. Tasa base: 850 EUR (una clase).
  • Registro internacional (Sistema de Madrid): Gestionado por la OMPI, permite obtener protección en múltiples países mediante una única solicitud basada en el registro nacional.

Patentes: protección de invenciones

#### Concepto y regulación

La Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (LP), regula la protección de invenciones en España. Son patentables las invenciones nuevas que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial (art. 4 LP).

#### Requisitos de patentabilidad

  • Novedad (art. 6 LP): La invención no debe estar comprendida en el estado de la técnica (toda información accesible al público antes de la fecha de solicitud).
  • Actividad inventiva (art. 8 LP): La invención no debe resultar obvia para un experto en la materia.
  • Aplicación industrial (art. 9 LP): La invención debe poder ser fabricada o utilizada en cualquier clase de industria.

#### Exclusiones de patentabilidad

No se consideran invenciones patentables (art. 5 LP):

  • Descubrimientos, teorías cientificas y métodos matematicos.
  • Obras literarias o artisticas (protegidas por propiedad intelectual).
  • Planes, reglas y métodos para actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales.
  • Programas de ordenador (en cuánto tales, aunque pueden ser patentables como parte de un invento técnico).
  • Presentaciones de información.

#### Procedimiento de concesión

El registro de patentes ante la OEPM incluye un examen sustantivo obligatorio de los requisitos de novedad y actividad inventiva (desde la reforma de 2015). El plazo medio de concesión es de 2-4 años.

Duración: 20 años desde la fecha de presentación de la solicitud, sin posibilidad de renovación (art. 58 LP).

Modelos de utilidad: Para invenciones de menor rango inventivo, la LP contempla los modelos de utilidad (art. 137), con duración de 10 años y requisitos menos estrictos.

Derechos de autor: protección de la creación intelectual

#### Marco legal

El Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) protege las creaciones originales de carácter literario, artístico o científico. A diferencia de marcas y patentes, los derechos de autor no requieren registro para su existencia; nacen con la creación de la obra.

#### Contenido del derecho

Los derechos de autor comprenden:

Derechos morales (art. 14 TRLPI):

  • Derecho de divulgación.
  • Derecho de paternidad (atribución de autoria).
  • Derecho de integridad (oposición a modificaciones que perjudiquen la reputación del autor).
  • Derecho de arrepentimiento o retirada de la obra del comercio.
  • Son irrenunciables e inalienables.

Derechos patrimoniales (arts. 17-25 TRLPI):

  • Derecho de reproducción.
  • Derecho de distribución.
  • Derecho de comunicación pública.
  • Derecho de transformación (adaptaciones, traducciones).
  • Son transmisibles inter vivos y mortis causa.

#### Duración

Los derechos patrimoniales duran toda la vida del autor y 70 años después de su fallecimiento (art. 26 TRLPI). Los derechos morales son perpetuos en cuánto al reconocimiento de autoria e integridad de la obra.

#### Registro

Aunque no es obligatorio, el Registro de la Propiedad Intelectual (dependiente del Ministerio de Cultura) ofrece una presunción de titularidad que facilita la defensa de los derechos en juicio.

Secretos empresariales

#### Ley 1/2019 de Secretos Empresariales

La Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales (LSE), transpuso la Directiva (UE) 2016/943 y estableció un marco legal completo para la protección de la información empresarial confidencial.

#### Concepto de secreto empresarial (art. 1 LSE)

Para que una información se considere secreto empresarial debe reunir tres requisitos:

  1. Ser secreta: No generalmente conocida ni facilmente accesible por personas pertenecientes a los circulos que normalmente manejan ese tipo de información.
  2. Tener valor empresarial por su carácter secreto.
  3. Haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerla secreta (acuerdos de confidencialidad, protocolos de acceso, cifrado).

#### Acciones de defensa

La LSE establece acciones específicas:

  • Acción de cesación de la obtención, utilización o revelación ilícita.
  • Acción de indemnización de daños y perjuicios.
  • Medidas cautelares: Interdicción provisional, embargo de productos infractores, obligación de constituir garantías.
  • Medidas de publicación de la sentencia.

Acciones de defensa comunes

Los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial disponen de acciones civiles, penales y administrativas.

#### Via civil

  • Acción de cesación ante los Tribunales de Instancia Mercantiles (propiedad industrial) o Tribunales de Instancia (propiedad intelectual).
  • Acción de indemnización: Daño emergente, lucro cesante y, en caso de infracciones dolosas, una regalía razonable como método alternativo de cálculo (art. 43 LP, art. 140 TRLPI).
  • Medidas cautelares: Especialmente relevantes las diligencias preliminares del art. 256.1.7 LEC para la determinación del infractor.

#### Via penal

Los delitos contra la propiedad intelectual (arts. 270-272 CP) e industrial (arts. 273-277 CP) se castigan con penas de prisión de seis meses a cuatro años, multa e inhabilitación. La persecución es a instancia de parte (querella), salvo que afecte a intereses generales.

Lexiel y la propiedad intelectual

Lexiel AI permite a los abogados especializados en propiedad intelectual e industrial buscar jurisprudencia del Tribunal Supremo y Audiencias Provinciales sobre infracciones de marcas, patentes y derechos de autor, así como acceder a la normativa actualizada (TRLPI, LM, LP, LSE) y localizar sentencias por tipo de infracción, sector o cuantía de la indemnización.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta registrar una marca en la OEPM?

La tasa básica es de aproximadamente 145 EUR para una clase de la Clasificación de Niza, con un suplemento de 97 EUR por cada clase adicional. El registro por via electrónica ofrece un descuento.

¿?Puedo proteger una idea sin patentarla?

No se puede proteger una idea como tal. Las patentes protegen invenciones concretas, no ideas abstractas. Sin embargo, si la idea tiene valor empresarial y se mantiene confidencial, puede protegerse como secreto empresarial bajo la Ley 1/2019.

¿?Los derechos de autor protegen el software?

Sí, los programas de ordenador se protegen como obra literaria bajo el TRLPI (art. 96). Sin embargo, la funcionalidad del software no está protegida por derechos de autor (solo la expresión concreta del código).

¿Cuánto dura una patente en España?

20 años desde la fecha de presentación de la solicitud (art. 58 LP), sin posibilidad de renovación. Los modelos de utilidad duran 10 años.

¿Qué ocurre si alguien usa mi marca sin autorización?

Puede ejercer la acción de cesación y la acción de indemnización ante los Tribunales de Instancia Mercantiles. Si la infracción es dolosa y tiene animo de lucro, también puede perseguirse penalmente (art. 274 CP).

¿?Necesito registrar mis derechos de autor?

No, los derechos de autor nacen automáticamente con la creación de la obra. Sin embargo, el registro ante el Registro de la Propiedad Intelectual facilita la prueba de la titularidad y la fecha de creación en caso de litigio.


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