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Lexiel/Glosario/Contrato de formación en alternancia
Definición jurídica
Derecho laboral

Contrato de formación en alternancia

Contrato para menores de 30 años que compatibiliza trabajo retribuido con formación profesional o universitaria. Duración: 3 meses a 2 años. Retribución mínima: 60% del SMI el primer año y 75% el segundo. La empresa recibe bonificaciones en cuotas de Seguridad Social.

Art. 11.2 ET

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