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Lexiel/Glosario/Fusión de sociedades
Definición jurídica
Derecho mercantil

Fusión de sociedades

Operación societaria por la que dos o más sociedades se integran en una única. Por absorción: la absorbida se extingue y la absorbente incorpora su patrimonio. Por nueva constitución: todas se extinguen y nace una nueva sociedad. Requiere proyecto de fusión, aprobación de juntas generales e inscripción registral.

Arts. 22-67 LME (Ley 3/2009)

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