Responsabilidad de los administradores sociales
Los administradores responden frente a la sociedad, socios y terceros por los daños causados por actos u omisiones contrarios a la ley, a los estatutos o que incumplan los deberes inherentes al cargo (lealtad y diligencia). La acción social la ejercita la Junta o, subsidiariamente, los socios con 5% del capital. La acción individual permite reclamar directamente el daño causado al tercero.
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Otros términos de Derecho mercantil
Procedimiento judicial universal para resolver la insolvencia de un deudor, conciliando los intereses de todos los acreedores. Puede terminar en convenio de pago o liquidación del patrimonio.
Forma societaria mercantil donde el capital está dividido en participaciones y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. Es la forma más común en España para PYMES.
Forma societaria mercantil con capital dividido en acciones, libremente transmisibles. Capital mínimo: 60.000 EUR, desembolsado al menos un 25%. Obligatoria para sociedades cotizadas, bancos y aseguradoras.
Signo distintivo que identifica productos o servicios en el mercado. Se registra ante la OEPM (España) o EUIPO (UE). Protección por 10 años renovables. Da derecho exclusivo de uso y persecución de imitaciones.
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