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Lexiel/Glosario/Responsabilidad patrimonial de la Administración
Definición jurídica
Derecho administrativo

Responsabilidad patrimonial de la Administración

Obligación de las Administraciones Públicas de indemnizar a los particulares por las lesiones que sufran en sus bienes o derechos causadas por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Requiere: lesión antijurídica, nexo causal con la actuación administrativa y que el daño sea evaluable económicamente y no se haya prescrito (1 año).

Arts. 32-35 LRJSP (Ley 40/2015)

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